Artículo 307 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 307 dice que no se considera discriminación pagar diferente a dos personas que hacen el mismo trabajo, si la razón es por su categoría, rol o tipo de funciones. Esto aplica especialmente para artistas, intérpretes o ejecutantes, como actores, músicos o bailarines. Por ejemplo, un actor principal puede ganar más que un extra aunque ambos actúen en la misma obra, porque su papel es más importante. En resumen, la ley permite salarios distintos si se basan en la jerarquía o responsabilidad del puesto, no en cosas como el género o la edad.
Texto oficial
Artículo 307.- No es violatoria del principio de igualdad de salario, la disposición que estipule salarios distintos para trabajos iguales, por razón de la categoría de las funciones, representaciones o actuaciones, o de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes. Artículo reformado DOF 14-05-2026
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