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Artículo 348 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu patrón te da de comer como parte de tu trabajo, la comida debe ser saludable, en cantidad suficiente y con los nutrientes que necesitas. O sea, no vale que te den pura agua o algo chafa; tiene que ser algo que de verdad te nutra y te llene.

Texto oficial

Artículo 348.- La alimentación que se proporcione a los trabajadores deberá ser sana, abundante y nutritiva.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 104) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.