Artículo 350 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Inspectores del Trabajo son personas que revisan que se cumplan las leyes en tu empleo. Tienen tres obligaciones importantes: asegurarse de que la comida que te dan en el trabajo sea suficiente, de buena calidad y nutritiva; constatar que las propinas que te dejen los clientes sean para ti, no para el patrón; y verificar que se respeten tus horarios de trabajo, sin excederte de lo que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 350.- Los Inspectores del Trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes: I. Vigilar que la alimentación que se proporcione a los trabajadores sea sana, abundante y nutritiva; II. Verificar que las propinas correspondan en su totalidad a los trabajadores; y III. Vigilar que se respeten las normas sobre jornada de trabajo. CAPITULO XV Industria familiar LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 105 de 457
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