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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/376
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
376

Artículo 376 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quien habla y toma decisiones por un sindicato es, normalmente, el secretario general o la persona que elija la directiva (el grupo de líderes), a menos que los estatutos (las reglas internas del sindicato) digan otra cosa. Si un jefe corre a algún líder del sindicato, o ese líder renuncia por culpa del patrón, ese líder puede seguir haciendo su trabajo en el sindicato, siempre y cuando las reglas internas no lo impidan.

Texto oficial

Artículo 376.- La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que designe su directiva, salvo disposición especial de los estatutos. Los miembros de la directiva sindical que sean separados por el patrón o que se separen por causa imputable a éste, continuarán ejerciendo sus funciones salvo lo que dispongan los estatutos. Párrafo reformado DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 118) ↗

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