- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 376
Artículo 376 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Quien habla y toma decisiones por un sindicato es, normalmente, el secretario general o la persona que elija la directiva (el grupo de líderes), a menos que los estatutos (las reglas internas del sindicato) digan otra cosa. Si un jefe corre a algún líder del sindicato, o ese líder renuncia por culpa del patrón, ese líder puede seguir haciendo su trabajo en el sindicato, siempre y cuando las reglas internas no lo impidan.
Texto oficial
Artículo 376.- La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que designe su directiva, salvo disposición especial de los estatutos. Los miembros de la directiva sindical que sean separados por el patrón o que se separen por causa imputable a éste, continuarán ejerciendo sus funciones salvo lo que dispongan los estatutos. Párrafo reformado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.