- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 403
Artículo 403 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el sindicato que firmó el contrato colectivo de trabajo se disuelve o el contrato termina, las condiciones de trabajo (como sueldo, horario y prestaciones) siguen siendo válidas en la empresa o centro de trabajo. Esto significa que tú y tus compañeros no pierden esos beneficios, aunque desaparezca el sindicato que los negoció o el contrato ya no esté activo. La empresa debe seguir respetando esas condiciones igual que antes.
Texto oficial
Artículo 403.- En los casos de disolución del sindicato de trabajadores titular del contrato colectivo o de terminación de éste, las condiciones de trabajo continuarán vigentes en la empresa o establecimiento. CAPITULO IV Contrato Ley
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.