- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 406
Artículo 406 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir un contrato-ley, los sindicatos necesitan representar al menos a dos de cada tres trabajadores que estén sindicalizados. Esto aplica en una rama de la industria, ya sea en uno o varios estados del país, en zonas económicas específicas o en todo México. Es como que el sindicato tenga el respaldo de la mayoría de los trabajadores de ese oficio para hacer la solicitud.
Texto oficial
Artículo 406.- Pueden solicitar la celebración de un contrato-ley los sindicatos que representen las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una rama de la industria en una o varias Entidades Federativas, en una o más zonas económicas, que abarque una o más de dichas Entidades o en todo el territorio nacional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.