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Artículo 424 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cómo se debe hacer el reglamento de trabajo dentro de una empresa. Primero, lo tiene que redactar un grupo especial formado por representantes de los trabajadores y del patrón. Si ambas partes están de acuerdo, cualquiera de ellas debe entregar ese reglamento en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral dentro de los ocho días siguientes a su firma. Ninguna regla del reglamento puede ir en contra de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos generales, o los contratos colectivos. Además, tanto los trabajadores como el patrón pueden pedirle a un tribunal federal que corrija lo que falte en el reglamento o que revise lo que esté mal, siguiendo un proceso especial para casos colectivos.

Texto oficial

Artículo 424.- En la formación del reglamento se observarán las normas siguientes: LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 134 de 457 I. Se formulará por una comisión mixta de representantes de los trabajadores y del patrón; II. Si las partes se ponen de acuerdo, cualquiera de ellas, dentro de los ocho días siguientes a su firma, lo depositará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; Fracción reformada DOF 01-05-2019 III. No producirán ningún efecto legal las disposiciones contrarias a esta Ley, a sus reglamentos, y a los contratos colectivos y contratos-ley; y IV. Los trabajadores o el patrón, en cualquier tiempo, podrán solicitar de los Tribunales federales se subsanen las omisiones del reglamento o se revisen sus disposiciones contrarias a esta Ley y demás normas de trabajo, de conformidad con las disposiciones contenidas en el procedimiento especial colectivo establecido en el artículo 897 y subsecuentes de esta Ley. Fracción reformada DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 133) ↗

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