Artículo 494 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un trabajador sufre varias lesiones en su cuerpo, el patrón solo tiene que pagar la indemnización por la incapacidad permanente total, aunque las incapacidades juntas sean más de una. No importa si el empleado tiene dos o más incapacidades, el patrón no va a pagar más de lo que ya establece la ley para una sola incapacidad total. Esto significa que el tope del dinero que te pueden dar es el de la incapacidad total, sin sumar las demás.
Texto oficial
Artículo 494.- El patrón no estará obligado a pagar una cantidad mayor de la que corresponda a la incapacidad permanente total aunque se reúnan más de dos incapacidades.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.