Artículo 512-F de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de tu estado o municipio deben ayudar a las autoridades federales para que se cumplan las reglas de seguridad, salud y cuidado del medio ambiente en el trabajo. Esto aplica solo en empresas o negocios que, en otros asuntos laborales, dependen del gobierno local. La ayuda se dará tal como lo indican otros artículos de la ley, que ya explican cómo deben colaborar entre sí.
Texto oficial
Artículo 512-F. Las autoridades de las entidades federativas auxiliarán a las del orden federal en la promoción, aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, cuando se trate de empresas o establecimientos que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén sujetos a la jurisdicción local. Párrafo reformado DOF 30-11-2012 Dicho auxilio será prestado en los términos de los artículos 527-A y 529. Artículo adicionado DOF 28-04-1978
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