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Artículo 512-G de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu trabajo tiene reglas de seguridad y salud que revisan otras autoridades (como Protección Civil o Secretaría de Salud), la Secretaría del Trabajo no se mete directamente, pero sí ayuda a esas autoridades cuando lo necesiten. En pocas palabras, si tu centro laboral ya está vigilado por otra dependencia, la del trabajo solo apoya, no toma el control. Esto aplica tanto a nivel federal como estatal.

Texto oficial

Artículo 512-G. En el supuesto de que los centros de trabajo se encuentren regulados por Leyes o normas especializadas en materia de seguridad y salud, cuya vigilancia corresponda a otras autoridades distintas a las laborales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o las autoridades del trabajo de las entidades federativas, según el ámbito de competencia, serán auxiliares de aquéllas. Artículo adicionado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 149) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.