Artículo 520 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 520 dice que el plazo para que un derecho se venza por no usarlo (prescripción) no puede empezar a contar en dos casos. Primero, contra personas con discapacidad mental, hasta que un juez les nombre un tutor legal (discernir la tutela). Segundo, contra trabajadores que estén en el servicio militar durante una guerra. En ambos casos, el reloj legal empieza hasta que termine esa situación especial.
Texto oficial
Artículo 520.- La prescripción no puede comenzar ni correr: I. Contra los incapaces mentales, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a la ley; y II. Contra los trabajadores incorporados al servicio militar en tiempo de guerra.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.