Artículo 528 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando dos empresas trabajan juntas de forma constante y directa para hacer un producto específico o dar un servicio completo, el artículo las considera "empresas conexas". Esto aplica solo cuando su relación es permanente, no temporal. Por ejemplo, si una fábrica siempre le compra piezas a la misma proveedora para armar un producto final, son conexas.
Texto oficial
Artículo 528.- Para los efectos del punto 2 de la fracción II del artículo 527, son empresas conexas las relacionadas permanente y directamente para la elaboración de productos determinados o para la prestación unitaria de servicios. Artículo reformado DOF 28-04-1978
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