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Artículo 551 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos es el grupo que decide cuánto gana una persona por trabajar. Tiene tres partes principales: un Presidente, un Consejo de Representantes y una Dirección Técnica. El Presidente es quien la encabeza, el Consejo de Representantes son personas que opinan y votan, y la Dirección Técnica es la que hace los estudios y cálculos para fijar los salarios.

Texto oficial

Artículo 551.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos funcionará con un Presidente, un Consejo de Representantes y una Dirección Técnica.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 275) ↗

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