- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 583
Artículo 583 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Director, los Asesores Técnicos y los Asesores Técnicos Auxiliares deben cumplir con los mismos requisitos que ya se mencionan en el artículo 560. Además, para los Asesores auxiliares también aplica lo que se indica en el artículo 559. En otras palabras, todas estas personas encargadas de asesorar o dirigir tienen que cumplir con ciertas reglas y condiciones que ya están establecidas en otros puntos de la ley.
Texto oficial
Artículo 583.- El Director, los Asesores Técnicos y los Asesores Técnicos Auxiliares, deberán satisfacer los requisitos señalados en el artículo 560. Es aplicable a los Asesores auxiliares lo dispuesto en el artículo 559.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.