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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/675
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
675

Artículo 675 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, fue eliminado oficialmente desde el 1 de mayo de 2019. En México, cuando una ley dice "se deroga" significa que ese artículo dejó de existir y ya no tienes que preocuparte por él. Como está borrado, no hay nada que explicar ni aplicar. Solo recuerda que los artículos derogados ya no tienen ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 675.- Se deroga. Artículo derogado DOF 01-05-2019 CAPITULO II Representantes de los Trabajadores y de los Patrones en la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y en las Comisiones Consultivas Denominación del Capítulo reformada DOF 21-01-1988

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 299) ↗

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