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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/678
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
678

Artículo 678 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La convocatoria para elegir a los representantes de la Comisión Nacional debe decir tres cosas clave: cuántos representantes se van a elegir (según lo que marca otra parte de la ley), cómo se repartirán esos puestos entre los diferentes tipos de trabajo o industrias (dando más a las más importantes), y ante qué autoridades hay que entregar las listas de personas (padrones) y las identificaciones (credenciales). También debe indicar el lugar y la fecha para entregar esos documentos, además del sitio y la hora donde se llevarán a cabo las juntas o convenciones. En pocas palabras, es como una invitación oficial con todos los detalles para que los trabajadores sepan cómo y cuándo participar.

Texto oficial

Artículo 678.- La convocatoria contendrá: I. La determinación del número de representantes que deba elegirse para integrar la Comisión Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 554 Fracción II; II. La distribución del número de representantes que se haya determinado entre las distintas actividades económicas según su importancia; III. Las autoridades ante las que deban presentarse los padrones y credenciales; IV. El lugar y la fecha de presentación de los documentos a que se refiere la fracción anterior; y V. El local y la hora en que deban celebrarse las convenciones. Artículo reformado DOF 21-01-1988

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 299) ↗

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