Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/679
- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 679
Artículo 679 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las juntas o reuniones importantes de la organización se van a hacer cada dos años, siempre el 25 de junio, pero solo en los años nones. Además, deben llevarse a cabo en la Ciudad de México, que es la capital del país.
Texto oficial
Artículo 679.- Las Convenciones se celebrarán el día 25 del mes de junio del año impar que corresponda, en la Capital de la República. Artículo reformado DOF 21-01-1988
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.