Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/693
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
693

Artículo 693 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jueces pueden aceptar que los representantes de trabajadores, sindicatos o agrupaciones obreras sí tienen permiso para actuar en un juicio, sin necesidad de cumplir con todos los requisitos normales. Esto pasa cuando, con los documentos que presentan, el juez está convencido de que realmente representan a la persona o grupo que dicen defender. Básicamente, es una regla más flexible para que los trabajadores puedan comprobar su representación. La ley se reformó en 1980, 2012 y 2019 para seguir protegiendo sus derechos.

Texto oficial

Artículo 693.- Los Tribunales podrán tener por acreditada la personalidad de los representantes de los trabajadores o sindicatos, federaciones y confederaciones sin sujetarse a las reglas del artículo anterior, siempre que de los documentos exhibidos lleguen al convencimiento de que efectivamente se representa a la parte interesada. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012, 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 311) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.