Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/719
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
719

Artículo 719 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si para la fecha que estaba programada un trámite o audiencia no se pudo hacer, el juez tiene que anotar en el expediente por qué no se realizó y, en ese mismo documento, fijar una nueva fecha y hora para llevarla a cabo.

Texto oficial

Artículo 719.- Cuando en la fecha señalada no se llevare a cabo la práctica de alguna diligencia, el Tribunal hará constar en autos la razón por la cual no se practicó y señalará en el mismo acuerdo, el día y hora para que tenga lugar la misma. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 318) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.