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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/752
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
752

Artículo 752 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier aviso oficial que no se haga siguiendo las reglas de este capítulo no vale, es como si no hubiera pasado. Esto aplica a los "exhortos" (documentos que pide un juez a otro para hacer algo en su lugar) y a los "despachos" (órdenes de un juez a otra autoridad). Si no se respeta el procedimiento, la notificación es inválida y no produce efectos legales.

Texto oficial

Artículo 752.- Son nulas las notificaciones que no se practiquen de conformidad a lo dispuesto en este Capítulo. Artículo reformado DOF 04-01-1980 CAPITULO VIII De los Exhortos y Despachos Capítulo reubicado y denominación reformada DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 329) ↗

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