- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 764
Artículo 764 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en el expediente del juicio hay alguna prueba de que una persona ya sabía de una decisión del juez, aunque la notificación oficial estuviera mal hecha o no se hubiera hecho, se considera que la notificación sí funcionó como si estuviera bien hecha. En ese caso, cualquier queja o recurso que esa persona intente para anular lo que pasó será rechazado de inmediato, sin darle más trámite.
Texto oficial
Artículo 764.- Si en autos consta que una persona se manifiesta sabedora de una resolución, la notificación mal hecha u omitida surtirá sus efectos como si estuviese hecha conforme a la Ley. En este caso, el incidente de nulidad que se promueva será desechado de plano. Artículo reformado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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