- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 763 Bis
Artículo 763 Bis de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En este artículo se habla de los incidentes, que son como problemas o dudas que surgen durante un juicio normal. Esos incidentes se van a tratar y resolver en una junta que se llama audiencia preliminar, donde el juez escucha a ambas partes, pero el juicio sigue su curso sin pausarse. La excepción es si el incidente es de nulidad, es decir, si alguien dice que algo ilegal pasó en el juicio; en ese caso, tienes solo tres días después de enterarte del problema para pedir que lo revisen, antes de que el juez dé su fallo final. Si se declara ese incidente, el juez programa una audiencia especial en las siguientes 24 horas, donde se pueden presentar pruebas como documentos o testigos, y resuelve al instante, para que el juicio continúe. Además, si alguien presenta un incidente que claramente no tiene razón de ser, el juez le puede poner una multa de hasta 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (la UMA es un valor que cambia cada año, como un tope para calcular multas y pagos).
Texto oficial
Artículo 763 Bis.- En lo que se refiere a los incidentes que se promuevan en el Juicio Individual Ordinario, los incidentes se sustanciarán y resolverán en la audiencia preliminar oyendo a las partes, sin suspensión del procedimiento, a excepción del incidente de nulidad, el que deberá promoverse dentro de los tres días siguientes en que se tenga conocimiento del acto irregular, hasta antes que se dicte sentencia. En este caso, el juez señalará día y hora para la celebración de la audiencia incidental que se realizará dentro de las veinticuatro horas siguientes, en la cual se podrán ofrecer y desahogar pruebas documentales, instrumentales y presuncionales para que de inmediato se resuelva el incidente, continuándose el procedimiento. A quien promueva un incidente notoriamente improcedente, se le impondrá una multa de hasta 100 veces la Unidad de Medida y Actualización. Artículo adicionado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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