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Artículo 85 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tu sueldo debe ser justo y nunca menor al salario mínimo que marca la ley. Para definir cuánto te van a pagar, se toma en cuenta qué tanto y qué tan bien trabajas. Si te pagan por pieza o por trabajo hecho (como a destajo), el pago por cada tarea debe ser suficiente para que, en una jornada normal de 8 horas, al menos alcances el salario mínimo.

Texto oficial

Artículo 85.- El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta Ley. Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y calidad del trabajo. En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.