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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/856
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
856

Artículo 856 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 856 ya no está vigente, fue eliminado de la ley. En México, cuando un artículo se deroga significa que se borró oficialmente y ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. Este artículo fue modificado en 1980 y 2012, pero desde el 1 de mayo de 2019 quedó sin efecto. El capítulo donde estaba, que hablaba de medidas provisionales para proteger algo antes de un juicio, sigue existiendo pero sin ese artículo. En pocas palabras, ya no existe ninguna regla en ese número.

Texto oficial

Artículo 856.- Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012. Derogado DOF 01-05-2019 CAPITULO XV De las Providencias Cautelares Capítulo adicionado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 352) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.