- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 856
Artículo 856 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 856 ya no está vigente, fue eliminado de la ley. En México, cuando un artículo se deroga significa que se borró oficialmente y ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. Este artículo fue modificado en 1980 y 2012, pero desde el 1 de mayo de 2019 quedó sin efecto. El capítulo donde estaba, que hablaba de medidas provisionales para proteger algo antes de un juicio, sigue existiendo pero sin ese artículo. En pocas palabras, ya no existe ninguna regla en ese número.
Texto oficial
Artículo 856.- Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012. Derogado DOF 01-05-2019 CAPITULO XV De las Providencias Cautelares Capítulo adicionado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.