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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/870
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
870

Artículo 870 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 870 dice que las reglas de este capítulo se usan tanto en el procedimiento normal (ordinario) como en los especiales, siempre que apliquen. El procedimiento ordinario se usa para resolver conflictos entre personas o grupos (individuales o colectivos) relacionados con asuntos legales, pero solo si la Ley no tiene un procedimiento especial para ese caso. En otras palabras, si no hay una forma ya establecida en la Ley para resolver el pleito, se sigue el camino normal.

Texto oficial

Artículo 870.- Las disposiciones de este capítulo rigen para el procedimiento ordinario y en lo que resulte aplicable a los procedimientos especiales. El procedimiento ordinario aplicará en aquellos conflictos individuales y colectivos de naturaleza jurídica que no tengan una tramitación especial en esta Ley. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 354) ↗

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