- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 870
Artículo 870 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 870 dice que las reglas de este capítulo se usan tanto en el procedimiento normal (ordinario) como en los especiales, siempre que apliquen. El procedimiento ordinario se usa para resolver conflictos entre personas o grupos (individuales o colectivos) relacionados con asuntos legales, pero solo si la Ley no tiene un procedimiento especial para ese caso. En otras palabras, si no hay una forma ya establecida en la Ley para resolver el pleito, se sigue el camino normal.
Texto oficial
Artículo 870.- Las disposiciones de este capítulo rigen para el procedimiento ordinario y en lo que resulte aplicable a los procedimientos especiales. El procedimiento ordinario aplicará en aquellos conflictos individuales y colectivos de naturaleza jurídica que no tengan una tramitación especial en esta Ley. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019
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