- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 914
Artículo 914 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades, las instituciones y cualquier persona que hayan recibido una solicitud de información o preguntas por escrito, tienen la obligación de responder. Esto significa que si te piden un informe, un cuestionario o una declaración, no puedes negarte a darlo. La ley te exige que cumplas con lo que te pidan, siempre y cuando sea una solicitud válida. En pocas palabras, si te preguntan algo oficial, tienes que contestar.
Texto oficial
Artículo 914.- Las autoridades, las instituciones y los particulares a que se refieren los artículos que anteceden, están obligadas a proporcionar los informes, contestar los cuestionarios y rendir las declaraciones que se les soliciten. Artículo adicionado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.