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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/942
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
942

Artículo 942 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que un tribunal que recibe un exhorto (es decir, un pedido de ayuda de otro juez para hacer algo en su zona) no puede revisar ni resolver las objeciones o defensas que pongan las personas involucradas en el caso. Esas objeciones solo las puede ver el tribunal que pidió el apoyo. En pocas palabras, el tribunal que solo ayuda no decide sobre las excusas legales de las partes.

Texto oficial

Artículo 942.- El Tribunal exhortado no podrá conocer de las excepciones que opongan las partes. Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 383) ↗

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