- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 942
Artículo 942 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que un tribunal que recibe un exhorto (es decir, un pedido de ayuda de otro juez para hacer algo en su zona) no puede revisar ni resolver las objeciones o defensas que pongan las personas involucradas en el caso. Esas objeciones solo las puede ver el tribunal que pidió el apoyo. En pocas palabras, el tribunal que solo ayuda no decide sobre las excusas legales de las partes.
Texto oficial
Artículo 942.- El Tribunal exhortado no podrá conocer de las excepciones que opongan las partes. Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.