- Ley
- LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
- Artículo
- 109
Artículo 109 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el tribunal decide que una huelga es legal, va a decir cuántos trabajadores deben seguir trabajando para que no se detengan servicios importantes. Esto lo hace para proteger la estabilidad de las instituciones, cuidar las instalaciones o evitar un peligro para la salud de todos. El tribunal toma esta decisión basándose en las pruebas que le presentan y a petición de las autoridades. En palabras simples, aunque haya huelga, algunos empleados tienen que quedarse para que no haya problemas graves.
Texto oficial
Artículo 109.- Al resolverse que una declaración de huelga es legal, el Tribunal a petición de las autoridades correspondientes y tomando en cuenta las pruebas presentadas, fijará el número de trabajadores que los huelguistas estarán obligados a mantener en el desempeño de sus labores, a fin de que continúen realizándose aquellos servicios cuya suspensión perjudique la estabilidad de las instituciones, la conservación de las instalaciones o signifique un peligro para la salud pública. TITULO QUINTO De los Riesgos Profesionales y de las Enfermedades no Profesionales CAPITULO I
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.