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Artículo 123 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno del Tribunal (que es el grupo de jueces más importantes) es quien decide contratar, despedir o suspender a sus trabajadores, siempre siguiendo lo que dice esta Ley. El dinero para que el Tribunal funcione lo pone el gobierno, y viene en el presupuesto de la Secretaría de Gobernación. Los abogados y empleados administrativos de este Tribunal tienen los poderes y obligaciones que marca esta Ley y su propio reglamento interno.

Texto oficial

Artículo 123.- El Tribunal, por conducto del Pleno, nombrará, removerá o suspenderá a sus trabajadores en los términos de esta Ley. Los gastos que origine el funcionamiento del Tribunal serán cubiertos por el Estado, consignándose en el presupuesto de la Secretaría de Gobernación. El personal jurídico y administrativo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, tendrá las facultades y atribuciones específicas que determinen esta Ley y el Reglamento Interior del Tribunal. Artículo reformado DOF 12-01-1984 CAPITULO II

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

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