Artículo 124 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de un tribunal especial que resuelve pleitos entre el gobierno y sus trabajadores. Este tribunal, llamado Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, se encarga de asuntos como problemas individuales entre un trabajador del gobierno y su jefe, o conflictos colectivos entre el gobierno y los sindicatos. También es el que decide si un sindicato puede registrarse o si debe ser cancelado, y resuelve problemas entre sindicatos o dentro de ellos. Además, guarda documentos importantes como las reglas de trabajo, los escalafones (listas de ascensos), y los reglamentos de seguridad e higiene.
Texto oficial
Artículo 124.- El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje será competente para: I.- Conocer de los conflictos individuales que se susciten entre titulares de una dependencia o entidad y sus trabajadores. Fracción reformada DOF 12-01-1984 II.- Conocer de los conflictos colectivos que surjan entre el Estado y las organizaciones de trabajadores a su servicio; III.- Conceder el registro de los sindicatos o, en su caso, dictar la cancelación del mismo; IV.- Conocer de los conflictos sindicales e intersindicales, y V.- Efectuar el registro de las Condiciones Generales de Trabajo, Reglamentos de Escalafón, Reglamentos de las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene y de los Estatutos de los Sindicatos. Fracción reformada DOF 12-01-1984
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.