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Artículo 153 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que la forma en que se van a tramitar los asuntos de este capítulo (incluyendo el recurso de revocación, que es cuando pides que se eche para atrás una decisión) se manejará con reglas generales que van a sacar los jueces más importantes, ya sea la Suprema Corte de Justicia o el Consejo de la Judicatura Federal, dependiendo de quién le toque. En palabras más claras, no hay un procedimiento fijo en la ley, sino que los mismos tribunales van a poner las reglas para cada caso.

Texto oficial

Artículo 153.- Las cuestiones relativas a la substanciación de los asuntos a que hace referencia el presente Capítulo, incluido el recurso de revocación, se regulará a través de los acuerdos generales que para tal efecto emita el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o del Consejo de la Judicatura Federal, según corresponda. Artículo reformado DOF 07-06-2021

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

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