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Ley
LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Artículo
165

Artículo 165 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces algo prohibido por esta ley, y no hay una multa específica para eso, te pueden poner una multa de hasta 1,000 pesos. Esa multa la decide el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, que es como un juzgado especial para resolver conflictos de trabajo. Básicamente, es un castigo general para cualquier falta que no tenga su propia sanción.

Texto oficial

Artículo 165.- Las infracciones a la presente Ley que no tengan establecida otra sanción, se castigarán con multa hasta de mil pesos. Las sanciones serán impuestas por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. TRANSITORIOS

Ver texto oficial de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional (pág. 35) ↗

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