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Artículo 52 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los factores escalafonarios son los criterios que sirven para decidir ascensos en un trabajo, como la antigüedad o el desempeño. Esta regla dice que esos factores se van a medir usando tablas oficiales o sistemas de registro y evaluación que se expliquen en los reglamentos. En otras palabras, no se puede improvisar: debe haber una forma clara y establecida para calificar a los trabajadores. Esas tablas o sistemas las van a definir las reglas internas de cada lugar.

Texto oficial

Artículo 52.- Los factores escalafonarios se calificarán por medio de los tabuladores o a través de los sistemas adecuados de registro y evaluación que señalen los reglamentos. CAPITULO II

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.