Artículo 88 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 88 dice que en el trabajo deben ponerse por escrito las reglas generales. Esas reglas deben incluir cosas como qué tan pesada es la chamba y cómo se tiene que hacer. También tienen que decir cómo evitar accidentes o enfermedades laborales, las medidas de disciplina que se pueden aplicar, y las fechas en que los trabajadores deben hacerse exámenes médicos. Además, deben especificar qué trabajos peligrosos o sucios no pueden hacer los menores de edad, y cómo proteger a las trabajadoras embarazadas.
Texto oficial
Artículo 88.- Las condiciones generales de trabajo establecerán: I.- La intensidad y calidad del trabajo; II.- Las medidas que deben adoptarse para prevenir la realización de riesgos profesionales; III.- Las disposiciones disciplinarias y la forma de aplicarlas. IV.- Las fechas y condiciones en que los trabajadores deben someterse a exámenes médicos previos y periódicos, y V.- Las labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores de edad y la protección que se dará a las trabajadoras embarazadas; y Fracción adicionada DOF 31-12-1974 VI.- Las demás reglas que fueren convenientes para obtener mayor seguridad y eficacia en el trabajo. Fracción recorrida DOF 31-12-1974
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.