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Artículo 102 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los embajadores y cónsules de México en otros países tienen la obligación de dar a conocer y proteger los documentos importantes de nuestra historia. También deben apoyar que se difunda el patrimonio documental de la nación, que son todos esos papeles y archivos que cuentan la historia del país. Además, tienen que hacer más fácil que se compartan conocimientos sobre archivos entre México y otros lugares del mundo. En pocas palabras, su trabajo también incluye cuidar y promover la memoria de México desde el extranjero.

Texto oficial

Artículo 102. Los jefes de misión diplomática, consular y permanente de México en el exterior protegerán y favorecerán el conocimiento y la difusión del patrimonio documental de la Nación, y promoverán y facilitarán el intercambio cultural en materia archivística.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.