Artículo 25 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, las instituciones deben hacer un plan donde pongan sus prioridades y consideren el dinero, la tecnología y el personal con el que cuentan. Además, ese plan tiene que incluir programas para enseñar al personal cómo organizar y cuidar los documentos, tanto físicos como electrónicos. También debe decir cómo se pueden consultar esos documentos, cómo mantenerlos seguros, y los pasos para crear, usar, controlar y pasar de un formato a otro, para que los archivos electrónicos se conserven por mucho tiempo.
Texto oficial
Artículo 25. El programa anual definirá las prioridades institucionales integrando los recursos económicos, tecnológicos y operativos disponibles; de igual forma deberá contener programas de organización y capacitación en gestión documental y administración de archivos que incluyan mecanismos para su consulta, seguridad de la información y procedimientos para la generación, administración, uso, control, migración de formatos electrónicos y preservación a largo plazo de los documentos de archivos electrónicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.