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Ley
LEY General de Archivos
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, las instituciones deben hacer un plan donde pongan sus prioridades y consideren el dinero, la tecnología y el personal con el que cuentan. Además, ese plan tiene que incluir programas para enseñar al personal cómo organizar y cuidar los documentos, tanto físicos como electrónicos. También debe decir cómo se pueden consultar esos documentos, cómo mantenerlos seguros, y los pasos para crear, usar, controlar y pasar de un formato a otro, para que los archivos electrónicos se conserven por mucho tiempo.

Texto oficial

Artículo 25. El programa anual definirá las prioridades institucionales integrando los recursos económicos, tecnológicos y operativos disponibles; de igual forma deberá contener programas de organización y capacitación en gestión documental y administración de archivos que incluyan mecanismos para su consulta, seguridad de la información y procedimientos para la generación, administración, uso, control, migración de formatos electrónicos y preservación a largo plazo de los documentos de archivos electrónicos.

Ver texto oficial de la LEY General de Archivos (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.