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Artículo 22 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las personas o empresas que producen y distribuyen alimentos tienen la obligación de dar toda la información que les pidan sobre los ingredientes o procesos que usan para hacer sus productos, siguiendo lo que diga el reglamento de esta ley. Si un consumidor (como tú) pide esa información, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Secretaría de Salud, la Secretaría de Agricultura y otras autoridades te van a proteger y asegurar que te la den. Eso sí, todo esto se hace respetando las leyes que protegen los secretos comerciales y las patentes, para que la empresa no tenga que revelar datos que son su propiedad industrial. En pocas palabras, tienes derecho a saber qué tiene tu comida, pero sin que las empresas tengan que soltar sus "recetas secretas".

Texto oficial

Artículo 22. Las personas productoras y distribuidoras de alimentos deberán proveer, en los términos que establezca el Reglamento de esta Ley, la información que se les solicite en cuanto a los insumos o procesos que utilicen para generar sus productos o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones aplicables en materia de propiedad industrial. Cuando esta información sea solicitada por un particular, este derecho será protegido y garantizado por la Procuraduría Federal del Consumidor, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y cualquier otra autoridad que resulte competente, observando lo dispuesto en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Capítulo IV De las canastas normativas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.