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Artículo 21 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si vendes o produces comida procesada, tienes que decirle al cliente si sus ingredientes vienen directamente de organismos modificados genéticamente (es decir, cultivos o animales alterados en laboratorio). Esto es además de la información que ya pide la Ley General de Salud. La advertencia debe hacerse como lo indique la ley correspondiente.

Texto oficial

Artículo 21. Las personas productoras y distribuidoras de alimentos procesados deberán advertir, además de los elementos requeridos en el artículo 212 de la Ley General de Salud, cuando sus productos contengan ingredientes que de forma directa provengan del uso de organismos genéticamente modificados, en los términos que fije la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.