- Ley
- LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vendes o produces comida procesada, tienes que decirle al cliente si sus ingredientes vienen directamente de organismos modificados genéticamente (es decir, cultivos o animales alterados en laboratorio). Esto es además de la información que ya pide la Ley General de Salud. La advertencia debe hacerse como lo indique la ley correspondiente.
Texto oficial
Artículo 21. Las personas productoras y distribuidoras de alimentos procesados deberán advertir, además de los elementos requeridos en el artículo 212 de la Ley General de Salud, cuando sus productos contengan ingredientes que de forma directa provengan del uso de organismos genéticamente modificados, en los términos que fije la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.