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Artículo 3 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que todas las personas, ya sea solas o en grupo, siempre tienen derecho a comer bien. Significa que debes tener acceso a alimentos suficientes, nutritivos y limpios todos los días, sin que eso te impida cubrir otras necesidades básicas como vivienda o salud. La comida debe adaptarse a tu cultura y a lo que necesitas según tu edad o condición, para que puedas vivir con dignidad y desarrollarte plenamente. Además, nadie te puede negar este derecho por tu origen, género, edad, discapacidad, religión, preferencias sexuales o cualquier otra cosa que afecte tu dignidad. Tampoco está permitido que te condicionen la comida para otro fin que no esté claramente autorizado por la ley, y si alguien lo hace, recibirá un castigo legal.

Texto oficial

Artículo 3. Todas las personas, de manera individual o colectiva, tienen derecho a una alimentación adecuada en todo momento, y a disponer de alimentos para su consumo diario, así como el acceso físico y económico para una alimentación inocua, de calidad nutricional y en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades fisiológicas en todas las etapas de su ciclo vital que le posibilite su desarrollo integral y una vida digna, de acuerdo con su contexto cultural y sus necesidades específicas, sin poner en riesgo la satisfacción de las otras necesidades básicas y sin que ello dificulte el goce de otros derechos humanos. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y que tenga por objeto o por efecto impedir, anular o menoscabar el ejercicio de este derecho a las personas o a los grupos en que éstas se organicen. De igual manera, queda prohibido condicionar el suministro de alimentos con cualquier propósito que no se encuentre expresamente justificado por la ley, en cuyo caso serán aplicables las sanciones que determine la legislación correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.