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Ley
LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Artículo
31

Artículo 31 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, los estados, los municipios y las alcaldías deben asegurarse de que todos tengan acceso a los alimentos de la canasta básica, tanto la normal como la de cada región. Su obligación es repartir esos alimentos de manera que lleguen a la gente sin desperdiciarse ni faltar en ningún lugar. Esto significa que cada nivel de gobierno tiene que hacer su parte para que nadie se quede sin lo necesario para comer. En pocas palabras, deben promover, cuidar y garantizar que los alimentos se distribuyan de forma justa y eficiente.

Texto oficial

Artículo 31. Los gobiernos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán, respetarán y garantizarán la eficiente distribución de los alimentos que conforman las canastas normativa y regional entre la población.

Ver texto oficial de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible (pág. 11) ↗

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