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Ley
LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno tiene la obligación de asegurarse de que haya suficiente comida disponible a tiempo para llenar las canastas básicas que marca la ley. También debe garantizar que otros alimentos sanos, limpios y nutritivos, que sean parecidos a los de la canasta regional, estén al alcance de todos.

Texto oficial

Artículo 30. El Estado establecerá las medidas necesarias para procurar el abasto suficiente y oportuno de los componentes de las canastas normativas, así como de cualquier otro alimento adecuado, sano, inocuo y nutritivo que no contradiga la canasta normativa y esté sustentado en la canasta regional.

Ver texto oficial de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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