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Artículo 38 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo dice que todas las oficinas del gobierno federal, estatal y municipal deben enfocarse en crear reglas y apoyos especiales para los pequeños y medianos productores de alimentos y sus grupos, como cooperativas. El objetivo es ayudarlos a que sus productos lleguen a las tiendas o cadenas donde se venden, siempre cuidando que la comida sea limpia, segura y de buena calidad para que todos podamos comer bien.

Texto oficial

Artículo 38. Las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal, entidades federativas, municipales y las demarcaciones territoriales, promoverán, de manera prioritaria y en el ámbito de sus competencias; políticas especiales a favor de los pequeños y medianos productores y sus organizaciones del sector social, proveedoras de alimentos que tengan por objeto integrar en las cadenas de distribución la oferta de alimentos y sus materias primas e insumos, con el propósito de responder a las condiciones de inocuidad y calidad para una alimentación adecuada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

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