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Artículo 5 de la LEY General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Todas las reglas y planes sobre cómo se usan los terrenos, se organizan las ciudades y se coordinan las zonas metropolitanas deben seguir los principios del artículo anterior, sin importar si los hizo el gobierno federal, el estatal o el municipal. Es decir, ningún nivel de gobierno puede saltarse esas reglas básicas.

Texto oficial

Artículo 5. Toda política pública de ordenamiento territorial, desarrollo y planeación urbana y coordinación metropolitana deberá observar los principios señalados en el artículo anterior, sin importar el orden de gobierno de donde emana. LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 7 de 58 Capítulo Tercero Causas de Utilidad Pública

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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