Artículo 3 de la LEY General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las acciones que se hagan basadas en esta ley tienen que asegurar que se prevenga, atienda, castigue y termine cualquier tipo de violencia contra las mujeres, en todas las etapas de su vida. También deben ayudar a que las mujeres se desarrollen por completo y puedan participar sin problemas en todos los ámbitos, como el trabajo, la escuela o la política. En pocas palabras, es una ley que protege a las mujeres de la violencia y busca que tengan las mismas oportunidades que los hombres.
Texto oficial
ARTÍCULO 3.- Todas las medidas que se deriven de la presente ley, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos y modalidades de violencias contra las mujeres durante su ciclo de vida y para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida. Artículo reformado DOF 15-01-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.