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Artículo 21 de la LEY General de Bibliotecas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría, por medio de la Dirección General, va a poner en marcha y administrar la Biblioteca de México. Esto significa que van a coordinar cómo funcionará el lugar, qué servicios ofrecerá y cómo se va a cuidar. En otras palabras, ellos son los encargados de que la biblioteca esté abierta, tenga libros y sea un espacio público para todos.

Texto oficial

Artículo 21. La Secretaría, a través de la Dirección General, organizará la Biblioteca de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.