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Artículo 28 de la LEY General de Bibliotecas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Sistema va a tener un Consejo Consultivo, que es como un grupo de personas que dan opiniones y consejos. Este grupo estará formado por representantes de bibliotecas que tengan libros muy valiosos para México, también por gente del mundo editorial y por expertos en bibliotecología (el estudio de cómo manejar bibliotecas). El Consejo funcionará según sus propias reglas, que ellos mismos aprobarán. El encargado de la Secretaría de Cultura será el jefe del Consejo, y cuando no pueda asistir, lo reemplazará el director general del Sistema.

Texto oficial

Artículo 28. El Sistema contará con un Consejo Consultivo, integrado por la representación de los sistemas bibliotecarios y bibliotecas cuyos acervos y colecciones constituyan un patrimonio bibliográfico de gran relevancia para el país, la representación del sector editorial y de especialistas en bibliotecología y biblioteconomía, el cual operará con base en un estatuto aprobado por sus miembros. La persona titular de la Secretaría de Cultura presidirá el Consejo y será suplida por la persona titular de la Dirección General. CAPÍTULO VIII Personal y Usuarios de los Servicios Bibliotecarios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.