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Ley
LEY General de Bienes Nacionales
Artículo
34

Artículo 34 de la LEY General de Bienes Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 34 habla de un sistema que junta toda la información de los terrenos y edificios que son propiedad del gobierno federal (como dependencias oficiales) o de empresas del gobierno (como Pemex o CFE). Este sistema organiza y guarda los datos de cómo están físicamente esos inmuebles, su situación legal (quién es dueño, si hay demandas, etc.) y los trámites administrativos que les aplican. También registra los cambios que sufren con el tiempo, como si los vendieron, remodelaron o transfirieron. Lo llaman "Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal".

Texto oficial

ARTÍCULO 34.- El Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal es la integración sistematizada de documentación e información que contiene el registro de la situación física, jurídica y administrativa de los inmuebles del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, así como de su evolución.

Ver texto oficial de la LEY General de Bienes Nacionales (pág. 15) ↗

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