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Ley
LEY General de Cambio Climático
Artículo
103

Artículo 103 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los resultados de las evaluaciones (como exámenes o calificaciones de proyectos) tienen que usarse para hacer, revisar o mejorar la Estrategia Nacional y el Programa principal del país. Además, los estados (como Jalisco o Nuevo León) y los municipios (como tu ciudad) pueden agregar esos resultados a sus propios planes si les sirven. En pocas palabras: lo que se aprende de las evaluaciones debe ayudar a mejorar las reglas y programas del gobierno, tanto a nivel nacional como local.

Texto oficial

Artículo 103. Los resultados de las evaluaciones deberán ser considerados en la formulación, revisión o actualización de la Estrategia Nacional y el Programa, las Entidades Federativas y los Municipios podrán incorporarlos a sus programas.

Ver texto oficial de la LEY General de Cambio Climático (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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