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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGCC/109
Ley
LEY General de Cambio Climático
Artículo
109

Artículo 109 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, los estatales y los municipales tienen que trabajar junto con la gente para planear, llevar a cabo y revisar cómo se aplican las acciones contra el cambio climático. Esto significa que todos, gobierno y sociedad, comparten la responsabilidad de cuidar el medio ambiente. La participación de la ciudadanía no es opcional, sino que debe ser promovida activamente por las autoridades. En pocas palabras, nadie puede quedarse de brazos cruzados: todos debemos ayudar a vigilar que se cumplan las medidas climáticas.

Texto oficial

Artículo 109. Los tres órdenes de gobierno deberán promover la participación corresponsable de la sociedad en la planeación, ejecución y vigilancia de la Política Nacional de Cambio Climático.

Ver texto oficial de la LEY General de Cambio Climático (pág. 44) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.