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Ley
LEY General de Cambio Climático
Artículo
36

Artículo 36 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada del medio ambiente) va a trabajar junto con la Secretaría de Hacienda (la que maneja el dinero del país) y la Secretaría de Energía (la que cuida los recursos energéticos). Cada una hará su parte dentro de lo que le toca. Van a crear programas que den beneficios en impuestos y en apoyos económicos para quienes quieran, por su propia voluntad, hacer proyectos que reduzcan las emisiones contaminantes. En pocas palabras, si decides participar voluntariamente, puede que recibas descuentos de impuestos o ayudas de dinero para tu proyecto.

Texto oficial

Artículo 36. La Secretaría promoverá de manera coordinada con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Energía, en el ámbito de sus competencias, el establecimiento de programas para incentivar fiscal y financieramente a los interesados en participar de manera voluntaria en la realización de proyectos de reducción de emisiones.

Ver texto oficial de la LEY General de Cambio Climático (pág. 27) ↗

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